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Tipos de gravamen

Un gravamen es una carga, es decir, una limitación impuesta sobre un bien inmueble con el fin de garantizar su obligación. Los gravámenes de una propiedad se inscriben y quedan registrados mediante la Escritura Pública firmada ante un notario. No obstante, existen diferentes tipos de cargas.

Los tipos de gravámenes de propiedades más comunes son los siguientes:

1. Gravámenes hipotecarios: Son aquellos que recaen sobre una propiedad como garantía de un préstamo hipotecario. En caso de incumplimiento en el pago, el acreedor tiene el derecho de ejecutar la propiedad y venderla para recuperar el dinero prestado.

2. Gravámenes fiscales: Estos gravámenes son impuestos o tasas que la propiedad debe pagar al gobierno. Pueden incluir impuestos sobre la propiedad​ (IBI), impuestos a las ventas, impuestos a la renta​ (IRPF), entre otros.

3. Gravámenes municipales: Son gravámenes impuestos por los gobiernos locales o municipales sobre las propiedades dentro de su jurisdicción. Pueden incluir tasas de servicios públicos, como agua y alcantarillado, impuestos a la propiedad, entre otros.

4. Gravámenes de servidumbre: Son gravámenes que otorgan a alguien más el derecho de utilizar una parte de la propiedad, como una servidumbre de paso para acceder a otra propiedad o el derecho de instalar y mantener líneas de servicios públicos en la propiedad.

5. Gravámenes de embargos: Estos gravámenes son impuestos cuando una propiedad es embargada por un tribunal como garantía de una deuda o un fallo judicial. El gravamen puede permitir la venta de la propiedad para cubrir la deuda.



Destacamos

Tener la vivienda sin gravámenes es algo fundamental para su venta. De este mismo modo, es importante tener todos los impuestos pagados. En esta ocasión, nos centraremos en los impuestos por venta de vivienda.



IRPF

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es decir, la ganancia o la pérdida patrimonial en la venta de un inmueble, deberá reflejarse en la declaración de la renta. La ganancia se determinará, por norma general, por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición. En este caso, el IRPF se pagará en el año siguiente a la venta.

Plusvalía municipal

Este es un impuesto que recae sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Es decir, es la manera de gravar la revalorización que experimenta dicho inmueble a lo largo de los años transcurridos desde la última transmisión. Para calcular plusvalía municipal, se debe saber el valor catastral, que viene establecido en el recibo del IBI.

Se debe pagar dentro de los 30 días hábiles siguientes a la venta. Al ser un tributo municipal, hay que tramitarlo con el Ayuntamiento correspondiente. Si se trata de vender un piso heredado, serán los herederos los encargados de pagar este tributo.

IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo que se impone al titular de los derechos sobre un inmueble, por lo tanto, grava la titularidad de una propiedad. Entonces, quién paga el IBI cuando se vende un piso. Para saberlo, hay que tener en cuenta que cada Ayuntamiento aplica su normativa, pero por norma general, se hace el pago el 1 de enero. En consecuencia, corresponde al propietario en ese momento. Asimismo, se puede negociar, aunque lo más común es que el dueño de la vivienda lo asuma y lo deje listo sin ninguna deuda. De este modo, la compraventa se hará de forma más rápida.

Estos son solo algunos de los muchos tipos de gravámenes de propiedades que existen.

Libre de gravamen

Por lo tanto, si la vivienda no tiene ningún tipo de impago ni de hipoteca, podemos considerar que es un inmueble libre de gravamen. Dicho en otras palabras, significa que el inmueble no está gravado, de tal modo que, está libre de cargas. Se trata de una ventaja a la hora de tramitar la compraventa, ya que significa que puede adquirirse sin ningún inconveniente.